Proceso de Interdicción en Colombia 2026

Interdicción - judicial en Colombia ¿Aún se usa la interdicción en Colombia?
Picture of Laura Chaux
Laura Chaux
Abogada de Familia e Insolvencia

La interdicción era un proceso judicial mediante el cual se declaraba que una persona con discapacidad no podía ejercer por sí misma determinados actos jurídicos y se designaba un curador o guardador para actuar en su representación.

Este modelo partía de una declaración de incapacidad y, en la práctica, podía sustituir la voluntad de la persona. Con la Ley 1996 de 2019, este régimen fue derogado y reemplazado por un sistema que reconoce la capacidad jurídica de las personas con discapacidad y les permite tomar sus propias decisiones con los apoyos que requieran.

¿Por qué se eliminó la Interdicción en Colombia?

La interdicción se eliminó para reconocer la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, proteger su autonomía y dignidad y evitar la discriminación. Con la Ley 1996 de 2019, se estableció que la discapacidad no implica, por sí sola, incapacidad legal, y que las personas pueden contar con apoyos para tomar, comunicar o ejecutar sus propias decisiones, de acuerdo con su voluntad, preferencias y proyecto de vida, en línea con los estándares de derechos humanos.

En consecuencia, no deben iniciarse nuevos procesos de interdicción.

¿Qué se utiliza actualmente en lugar de la Interdicción?

1. Acuerdo de apoyos ante notario o centro de conciliación

Cuando la persona puede expresar su voluntad y preferencias, puede designar a una o varias personas de confianza para que la asistan en la administración y toma de decisiones en actos jurídicos concretos.

El acuerdo de apoyos puede formalizarse mediante escritura pública ante notario o ante un centro de conciliación extrajudicial.

Conozca más sobre el proceso de acuerdo de apoyos en nuestro blog.

Interdicción - Chaux Jaramillo Abogados

2. Adjudicación judicial de apoyos

Cuando la persona está absolutamente imposibilitada para manifestar su voluntad y preferencias por cualquier medio, modo o formato de comunicación, y además existe una amenaza o vulneración de sus derechos, un familiar o tercero cuidador puede solicitar al juez de familia la adjudicación judicial de apoyos, siempre en beneficio exclusivo de la persona.

El juez no declara una incapacidad general ni entrega automáticamente la administración total de la vida o de los bienes. Debe determinar cuáles actos jurídicos requieren apoyo, quién lo prestará, qué funciones tendrá, por cuánto tiempo y qué salvaguardias evitarán conflictos de interés o influencia indebida. La decisión debe orientarse por la voluntad y preferencias de la persona y, cuando no puedan conocerse directamente, por la mejor interpretación posible de ella.

Preguntas frecuentes sobre la Interdicción

¿La interdicción todavía existe en Colombia?

No, La Ley 1996 de 2019 – Acuerdo de apoyos, eliminó el régimen de interdicción y el sistema de guardas asociado a este, y estableció la presunción de capacidad legal de las personas con discapacidad.

¿Qué pasa con las personas que ya tenían una sentencia de interdicción?

Las sentencias antiguas de interdicción no deben entenderse como el modelo vigente para el futuro. La Ley 1996 de 2019 estableció un régimen de transición y revisión para determinar si la persona requiere apoyos y cuáles son sus necesidades actuales. La revisión puede ser promovida por la persona declarada interdicta y, en los casos previstos por la ley, debe ser impulsada por el juez que conoció el proceso anterior.

¿Qué se utiliza actualmente en lugar de la interdicción?

La interdicción fue derogada por la Ley 1996 de 2019 – Acuerdo de apoyos, que puede realizarse a nivel conciliativo o judicial.