Uno de los temas más sensibles dentro del derecho de familia y sucesiones en Colombia es la llamada indignidad sucesoral, también conocida popularmente como la acción de “desheredar”. Este mecanismo jurídico no es un capricho del padre o madre que quiere excluir a un hijo, sino una figura prevista en el Código Civil que se aplica cuando un heredero incurre en conductas tan graves que pierde el derecho a heredar.
No es extraño que muchas personas se pregunten:
- ¿Puedo desheredar a mi hijo si me faltó al respeto o me abandonó?
- ¿Puede un hermano pedir que otro quede por fuera de la herencia?
- ¿Cuándo y cómo se presenta esta solicitud?
En este artículo vamos a responder estas preguntas de forma clara y sencilla, basándonos en la ley colombiana y en la práctica que se aplica en los juzgados de familia.
¿Qué es la indignidad sucesoral en Colombia?
La indignidad sucesoral es, en palabras simples, una sanción civil. Significa que un heredero pierde el derecho a recibir la herencia, aunque normalmente tendría derecho a ella por ser hijo, cónyuge, padre o incluso estar incluido en un testamento.
Lo clave es entender que no depende de la voluntad del testador (es decir, del padre o madre fallecido), sino de la ley. Solo procede si el heredero incurrió en causales muy graves que el Código Civil colombiano contempla en sus artículos 1025 a 1035.
¿Puedo dejar a un hijo fuera de una herencia en Colombia?
En principio, no es posible desheredar libremente a un hijo en Colombia. Esto se debe a que los hijos son herederos forzosos y la ley protege su derecho a la legítima hereditaria, que corresponde al 50% de todos los bienes de la sucesión.
Sin embargo, la ley sí permite que un hijo sea excluido de la herencia cuando ha cometido ciertas conductas graves. Para eso existe la indignidad sucesoral: un mecanismo que requiere pruebas y que debe declararse judicialmente.
Casos en los que un hijo puede ser excluido o desheredado de la herencia
El artículo 1025 del Código Civil colombiano establece varias causales. Algunos ejemplos:
- Atentar contra la vida del padre o madre.
Ejemplo: un hijo que intenta agredir gravemente a su padre o madre. - Cometer delitos graves contra el causante.
Como lesiones personales, violencia intrafamiliar o delitos contra el patrimonio. - Negar alimentos al padre o madre.
Si el hijo tenía la obligación de dar alimentos y se negó, puede ser declarado indigno. Esta es una de las causales más usadas por los hermanos cuando un padre fallece. - Manipular o forzar al causante a hacer un testamento.
Si un hijo amenaza, engaña o ejerce violencia para ser beneficiado en un testamento. - Ocultar, alterar o destruir el testamento del causante.
- Matar a otro heredero para quedarse con más parte en la herencia.
En conclusión: no basta con un disgusto familiar o una mala relación. Debe tratarse de una de las causales expresamente encontradas en la ley y demostrarse ante un juez.
¿Quién puede solicitar la indignidad sucesoral?
La indignidad no opera de manera automática. Alguien debe pedirla en el proceso sucesorio.
Pueden solicitarla:
- El padre o madre afectados por la conducta del hijo.
- Los demás herederos interesados (hermanos, cónyuge, etc.).
Esto significa que un hermano sí puede pedir que otro sea declarado indigno, siempre que tenga pruebas de que incurrió en las conductas que prevé la ley.
¿Cuándo debe solicitarse la indignidad sucesoral
Es una de las preguntas más frecuentes. La solicitud debe hacerse al inicio o dentro del mismo proceso de sucesión (ya sea notarial o judicial).
Si el proceso de sucesión ya terminó y nadie pidió la indignidad, en principio no se puede reabrir el caso solo para solicitarla.
¿Cómo es el procedimiento para declarar indigno a un hijo en Colombia?
- Apertura de la sucesión: al fallecer el causante, se abre la sucesión y se presenta la lista de herederos.
- Solicitud de indignidad: el interesado pide formalmente que se declare indigno a uno de los herederos.
- Presentación de pruebas: se deben aportar documentos y evidencias como denuncias, sentencias, testimonios o cualquier prueba que demuestre la causal.
- Decisión del juez: en el caso de una sucesión judicial, el juez de familia analiza las pruebas y decide si hay lugar a la indignidad.
- Efectos: si el hijo es declarado indigno, pierde su derecho a heredar. Su parte puede pasar a sus propios descendientes (si los tiene) o repartirse entre los demás herederos.
Finalmente
En Colombia no es posible excluir a un hijo de la herencia simplemente por voluntad del padre o madre. Pero cuando existen causales graves, como violencia, abandono o delitos, la indignidad sucesoral es el mecanismo legal para evitar que ese hijo herede.
Lo importante es saber que este proceso no es automático, sino que requiere pruebas y debe solicitarse dentro del trámite sucesorio. Por eso, contar con un abogado especializado en derecho de familia y sucesiones es fundamental para orientar el proceso, presentar la solicitud correctamente y aumentar las probabilidades de éxito.