Pensión de Sobrevivientes: Requisitos, plazos y beneficiarios

Pensión de sobreviviente
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Carlos Chamat
Abogado Magister, Casacionista en Derecho Laboral y Pensiones.

¿Qué es la pensión de sobreviviente en Colombia?

La pensión de sobreviviente es un derecho y beneficio económico que reciben los familiares de una persona que fallece y que estaba afiliada o pensionada. Su finalidad es proteger económicamente a quienes dependían de ella. Pueden tener derecho el cónyuge o compañero(a) permanente, los hijos menores o con discapacidad y, en algunos casos, otros dependientes económicos como los padres.

Si estás en esta situación y necesitas reclamar la pensión de sobreviviente o recibiste una negativa del fondo de pensiones, este artículo elaborado por nuestros abogados especialistas en pensiones, te guiará sobre qué es, quiénes son los beneficiarios, plazos para solicitar y cuáles son los requisitos necesarios.

¿Quienes tienen derecho a la pension de sobreviviente?

Estos son los beneficiarios de la Pensión de Sobreviviente o Pensión Sustitutiva

Según Ley 100 de 1993, los beneficiarios en orden para acceder a la pensión de sobreviviente son:

  1. El cónyuge: La persona que estaba casada con el fallecido en el momento de su muerte esto usualmente se conoce como Pensión de Viudez, debe demostrar convivencia por mínimo 5 años continuos o más.
  2. La pareja en unión libre o compañera permanente: Si la persona fallecida mantenía una unión marital de hecho o unión libre, su pareja también tiene derecho a reclamar la pensión de sobreviviente. Sin embargo, debe demostrar convivencia por mínimo 5 años continuos o más.
  3. Los hijos: Los hijos menores de edad, o hijos menores de 25 años que estén en una etapa educativa,
  4. Los hijos con discapacidad: Los hijos con discapacidad o invalidez también pueden acceder al beneficio de pensión de sobreviviente con ciertos requisitos legales.
  5. Los padres: Si no hay cónyuge, pareja, ni hijos, los padres del fallecido pueden reclamar la pensión de sobreviviente, siempre y cuando se demuestre que dependían económicamente del causante y se encuentren en una situación económica vulnerable.

¿En unión libre tengo derecho a la pensión?

Sí. El compañero o compañera permanente puede tener derecho a la pensión de sobreviviente, siempre que demuestre convivencia real y continua con la persona fallecida durante al menos cinco años antes del fallecimiento. El fondo de pensiones exigirá pruebas de esa convivencia, como declaración de unión marital de hecho, documentos que acrediten vida en común y, en caso de controversia, un proceso judicial.

Si quieres conocer el procedimiento y las pruebas necesarias, puedes leer: Cómo reclamar la pensión de sobreviviente para parejas en unión libre.

Pensión de sobreviviente en Colombia Requisitos, procedimiento y cómo acceder

Requisitos para reclamar la pensión de un fallecido en Colombia

Para reclamar la pensión de sobreviviente en Colombia, se requiere que el afiliado fallecido haya cotizado al menos 50 semanas en los últimos 3 años anteriores al fallecimiento. Los beneficiarios deben demostrar el vínculo con el fallecido (registro civil, acta de matrimonio, declaración de unión libre) y cumplir con los requisitos de convivencia y/o dependencia económica según el caso. Los requisitos son:

1. Demostrar el vínculo con el fallecido

Los beneficiarios deben acreditar su relación con el causante afiliado o pensionado. Esto incluye:

  • Registro civil de matrimonio o acta de unión libre por notaría o por centro de conciliación.
  • Registro civil de nacimiento si se trata de hijos o padres.
  • Para unión libre, es fundamental probar la convivencia de al menos cinco años antes del fallecimiento.

De no existir una unión libre o unión marital de hecho establecida, es posible que el fondo de pensiones, niegue la pensión y que exija realizar un proceso judicial de la Declaración de la Unión Marital de Hecho, o demostrar el vínculo mediante una demanda directa al fondo de pensiones.

2. Cumplimiento de semanas cotizadas (cuando el fallecido no estaba pensionado)

Cuando el causante estaba afiliado y cotizando activamente en un fondo de pensión, el requisito fundamental es que haya cotizado como mínimo 50 semanas o más dentro de los últimos 3 años anteriores al fallecimiento.

3. Solicitud formal ante el fondo de pensiones

Es necesario presentar una solicitud escrita al fondo de pensiones correspondiente sea a Colpensiones u otro fondo de pensiones, acompañada de los documentos soporte:

  • Registro civil de defunción.
  • Registro civil de matrimonio o de la unión libre establecida.
  • Documentos de identidad de los beneficiarios.
  • Certificados de estudio (si hay hijos mayores de edad entre 18 y 25 años estudiando)
  • En el caso de hijos con discapacidad: Historia clínica, calificación por pérdida de capacidad laboral o certificado médico que acredite la condición de discapacidad de los hijos reconocidos.
  • Historia laboral del fallecido (cuando el causante no estaba pensionado)
Pensión de sobreviviente

Plazo para reclamar Pensión de Sobreviviente

En Colombia los derechos a la pensión de sobreviviente no prescriben, quiere decir que no tienen un vencimiento para solicitarse o reclamarse legalmente, sin embargo, el retroactivo pensional prescribe cada tres (3) años.

¿Qué hacer si Colpensiones u otro fondo niega la pensión de sobreviviente?

Existen diversas razones por las cuáles un fondo de pensión puede negar la pensión, estos escenarios se dan principalmente, cuando una persona inicia el proceso ante el fondo sin una asesoría legal previa. Regularmente las principales negativas se dan por:

  1. No existe unión libre formalizada, entonces, el fondo de pensiones solicita a la compañera o compañero permanente, una Declaración de la Unión Marital de Hecho
  2. Insuficiencia de semanas cotizadas, es decir, que la persona tiene menos de 50 semanas en los últimos 3 años.
  3. Conflicto de interéses entre ex cónyuge y compañera permanente.

Cuando quien solicita la pensión de sobreviviente es un hijo con discapacidad, las negativas de dan por la falta de pruebas de la invalidez, edad y fecha de reestructuración de la enfermedad que ocasiona la invalidez.

¿Qué hacer después de una negativa?

La asesoría legal de un abogado especialista en pensiones, siempre será la mejor alternativa para saber cómo proceder, cuáles serían los requisitos y qué hacer para apelar las decisiones del fondo de pensiones.

¿Se debe compartir la pensión de sobreviviente entre compañera y la esposa?

No necesariamente. En Colombia, el derecho a la pensión de sobreviviente no se basa únicamente en el vínculo matrimonial, sino en la convivencia efectiva y el apoyo mutuo al momento del fallecimiento. En algunos casos, el mayor porcentaje se brinda a la esposa o compañera que convivió por más años con el fallecido.

Sin embargo, si existe un matrimonio vigente al momento del fallecimiento, la esposa debe demostrar 5 años de convivencia en cualquier momento con el fallecido.

Diferencia entre pensión de sobreviviente y sustitución pensional

La diferencia principal es la situación en la que ocurre el fallecimiento y el estado pensional de la persona.

Pensión de sobreviviente

Se reconoce cuando fallece una persona que no estaba pensionada, pero que estaba afiliada al sistema y cumplía los requisitos de semanas cotizadas exigidos por la ley.
En este caso, el derecho nace por las cotizaciones realizadas antes de la muerte.

Sustitución pensional

Se presenta cuando fallece una persona que ya era pensionada.
Aquí no se crea una nueva pensión, sino que los beneficiarios sustituyen al pensionado fallecido y continúan recibiendo la mesada que este ya tenía reconocida.

Diferencia clave

Si el fallecido ya recibía pensión: es una sustitución pensional.

Si el fallecido no estaba pensionado: es una pensión de sobreviviente.

Conclusión

La pensión de sobreviviente es un derecho importante y beneficioso para quienes han perdido a su ser querido, sin embargo, su solicitud puede resultar difícil y compleja legalmente para la mayoría de casos donde hay compañera permanente. Por tal razón, es importante contar con una asesoría legal experta para adelantar este proceso sin contratiempos.

¿Qué hacer si Colpensiones niega la pensión de sobreviviente?

Puede interponer recurso de reposición y apelación con ayuda de un abogado de pensiones. Si la negativa persiste, procede demanda ante juez laboral.

¿Cuáles son las diferencias entre pensión de sobreviviente y pensión sustitutiva?

La diferencia, la pensión de sobreviviente se brinda es cuando la no había sido pensionada. Por otra parte, la pensión sustituviva se da cuando el causante o fallecido ya era pensionado.

¿Qué es la pensión por viudez en Colombia?

La pensión por viudez en Colombia, es el término que se usa para referirse a la Pensión de sobreviviente cuando quien reclama es la cónyuge.

¿Se debe compartir la pensión si el fallecido estaba casado pero convivía con otra persona?

Sí, es un escenario de “convivencia simultánea” o de separación de hecho sin divorcio legal. En estos casos, la pensión se distribuye en proporción al tiempo convivido con cada una, garantizando que el derecho no se pierda por la existencia de múltiples reclamantes

¿Se puede reclamar pensión de sobreviviente si el afiliado no estaba pensionado?

Sí. Es posible siempre que el afiliado haya cotizado al menos 50 semanas dentro de los 3 años anteriores al fallecimiento. Si no cumple este requisito, la pensión puede ser negada.

¿Qué pasa si el causante no alcanzó las 50 semanas?

En ese caso, no procede la pensión de sobreviviente. Sin embargo, los beneficiarios podrían tener derecho a la devolución de saldos (en fondos privados) o indemnización sustitutiva (en Colpensiones).

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