Las servidumbres en Colombia son derechos reales que permiten a una persona usar parte del predio de otra para un fin determinado, como pasar, instalar tuberías o acceder a servicios públicos. Sin embargo, muchas personas se preguntan si una servidumbre puede cancelarse o cerrarse cuando deja de tener sentido o afecta al propietario del terreno.
¿Se puede cerrar o cancelar una servidumbre en Colombia? A continuación te explicamos cuándo y cómo se puede cancelar una servidumbre en Colombia, según la ley civil y la jurisprudencia.
¿Qué es una servidumbre?
Una servidumbre es un derecho real sobre un inmueble ajeno, que permite a su titular usar una parte del predio vecino (llamado predio sirviente) para beneficio de otro (predio dominante).
Ejemplos comunes de servidumbres son:
- Servidumbre de paso: permite transitar por un terreno para acceder a otro.
- Servidumbre de acueducto: para conducir agua a través de un predio.
- Servidumbre eléctrica o de gas: para instalar líneas o ductos.
Estas servidumbres se pueden constituir por contrato, sentencia o prescripción, y deben inscribirse en el registro de instrumentos públicos para tener validez frente a terceros.
¿Se puede cerrar o cancelar una servidumbre en Colombia?
Sí. La cancelación o extinción de una servidumbre es posible cuando desaparecen las condiciones que le dieron origen, es decir, cuando ya no se usa en las condiciones y objetivos para lo fue creado o cuando la ley lo permite expresamente. Según el artículo 942 del Código Civil Colombiano, una servidumbre puede extinguirse por varias causas.
Causas de extinción de una servidumbre
Las principales causas legales por las que se puede cancelar una servidumbre son:
1. Por confusión
Cuando el predio dominante y el predio sirviente pasan a pertenecer a una misma persona. En ese caso, la servidumbre pierde sentido, ya que nadie puede tener un derecho real sobre su propio bien.
2. Por renuncia expresa del titular
El dueño del predio dominante puede renunciar al derecho de servidumbre, siempre que lo haga por escritura pública y se inscriba en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.
3. Por imposibilidad de uso o falta de ejercicio
Si la servidumbre no se usa durante 20 años, se extingue por prescripción extintiva.
Este plazo aplica tanto para las servidumbres continuas como para las discontinuas, según el artículo 941 del Código Civil.
4. Por desaparición de la utilidad
Cuando la servidumbre ya no es necesaria o pierde su función, por ejemplo, si se abre una nueva vía pública que reemplaza el paso por el terreno sirviente. En estos casos, el propietario del predio afectado puede solicitar su cancelación ante notaría o juez, según corresponda.
5. Por sentencia judicial
Si existe conflicto entre los propietarios, un juez civil puede declarar extinguida la servidumbre mediante sentencia, previa demostración de las causas anteriores.
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¿Cómo se cancela una servidumbre en Colombia?
El trámite depende de cómo se constituyó la servidumbre:
Servidumbre constituida por escritura pública
Si fue creada por acuerdo entre partes, su cancelación puede hacerse mediante otra escritura pública de cancelación o renuncia, que debe inscribirse en el registro.
Servidumbre constituida por sentencia
Si la servidumbre fue creada mediante decisión judicial, se requiere otra sentencia que ordene su cancelación, lo cual implica un proceso declarativo.
Servidumbre no inscrita o de hecho
Si nunca se registró, se puede extinguir por prescripción extintiva o por reconocimiento voluntario de las partes, pero lo recomendable es dejar constancia formal ante notario.
¿Qué pasa si se cierra una servidumbre sin autorización?
Cerrar o bloquear una servidumbre sin haberla cancelado legalmente puede generar consecuencias jurídicas.
El afectado (titular del derecho) puede demandar la restitución del paso o el restablecimiento del uso, e incluso solicitar indemnización por perjuicios.
Por eso, antes de cerrar o modificar una servidumbre, es importante contar con asesoría legal especializada que analice el caso, los títulos de propiedad y la posibilidad de cancelación formal.
Conclusión
En Colombia, sí se puede cerrar o cancelar una servidumbre, pero solo bajo las causas y procedimientos establecidos en la ley.
Intentar hacerlo sin respaldo jurídico puede generar conflictos y demandas.
Si tienes una servidumbre en tu terreno que ya no cumple ninguna función, o estás siendo afectado por una que debería extinguirse, lo mejor es consultar a un abogado especializado en derecho civil y de propiedad.




